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Instrucciones por apartados:
1. Admisión en la European Society of Human Genetics. La AEGH ha llegado a un acuerdo con la ESHG para una membresía conjunta en ambas asociaciones. Esta opción presenta las siguientes ventajas:
a. Disponer de una cuota reducida por la membresía conjunta AEGH-ESHG sobre la que correspondería si se hiciera de forma independiente.
b. Tener acceso al European Journal of Human Genetics en su versión on-line.
c. Inscripción reducida en la reunión anual de la ESHG.
d. Simplicidad en la gestión al ser la AEGH la que se encarga del cobro de los recibos de las dos sociedades.
e. En caso de optar por la membresía conjunta, el alta en la ESHG tendrá efecto a partir del 1 de enero de la anualidad siguiente a la admisión en la AEGH. Desde la secretaría técnica de la AEGH se informará de la apertura del plazo para solicitar la membresía conjunta y de las indicaciones para que se haga efectiva.
2. Tipos de membresías de la AEGH, según consta en nuestros estatutos:
a. Miembros Numerarios: aquellos profesionales dedicados a la Genética Clínica en cualquiera de sus ámbitos (asistencial, investigación, docencia), que voluntariamente lo soliciten y que se adhieran expresamente a los fines propios de esta Asociación.
b. Miembros Asociados: Estudiantes universitarios de grado y postgrado, titulados durante su formación especializada tanto como residentes como pertenecientes a un programa de formación post-MIR/BIR/FIR/QUIR (o equivalente para titulaciones distintas a dichos grados) relacionado con la Genética Clínica, que estén interesados en los fines de la AEGH y que acrediten por escrito su condición de estudiante o especialista en formación.
c. Miembros Agregados: Profesionales dedicados a tareas asistenciales en Genética Clínica y que desarrollen su actividad profesional fuera del territorio nacional, que voluntariamente lo soliciten y que se adhieran expresamente a los fines de la Asociación. También podrán ser elegidos como Miembros Agregados aquellas personas físicas, con titulación académica distinta de la requerida para los Miembros Numerarios y Asociados, que manifiesten interés legítimo en los fines de la Asociación o de la Genética Clínica.